Escrito por: Adriana Peguero
Santo Domingo, sábado 17 de diciembre, 2016.- El Gobierno creó el Plan Especial Transitorio de Servicios de Salud para los Pensionados y Jubilados de ese sector, disposición que está contenida en el Decreto 371-16, el cual establece que también serán beneficiados sus dependientes directos.
De la misma forma establece que la disposición es para los que reciban su pensión a través de la Dirección de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, en virtud de los decretos 208-16, 209-16 y 210-16, todos del 23 de agosto del presente año.
“Serán beneficiarios del Plan Especial de Servicios de Salud Transitorio para Pensionados y Jubilados del Sector Salud todos los pensionados y jubilados oficialmente inscritos en la base de datos de la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, así como los cónyuges o compañero de vida del pensionado”, precisa.
La disposición explica que los hijos menores de 18 años y hasta la edad de 21, si son estudiantes, serán favorecidos con la medida y que los hijos personas discapacitadas lo serán sin límite de edad.
El decreto destaca que son excluidos del plan los pensionados que permanezcan afiliados como titulares en el Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, así como sus dependiente