El caso salió a relucir en diciembre último cuando la empresa la empresa Productos y Marcas Diversas sometió un recurso contra la licitación CAASD-LPN-03-2016, en la cual la empresa Clermont Comercial resultó beneficiada.
SANTO DOMINGO, miércoles 21 de junio 2017.- .Un nuevo escándalo, relacionado esta vez con un manejo irregular de una licitación millonaria, ha salido a relucir en una entidad del Gobierno.
El mismo envuelve a la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), a la cual la Dirección de Compras y Contrataciones acaba de anular una licitación por RD$117 millones para la adquisición de químicos.
El caso salió a relucir en diciembre último cuando la empresa la empresa Productos y Marcas Diversas sometió un recurso contra la licitación CAASD-LPN-03-2016, en la cual la empresa Clermont Comercial resultó beneficiada.
En esa oportunidad, la Dirección de Compras y Contrataciones suspendió la licitación a fin de investigar.
CAASD violó “principios”
Ahora este organismo ha concluido señalando que la CAASD, cuyo director es el peledeísta Alejandro Montás, violó los principios para contrataciones públicas.
Según resalta el periódico Hoy, en su edición de este martes, uno de esos principios es la razonabilidad, por lo que la CAASD debió exigir a los oferentes, antes de ser evaluados, la cantidad de químicos que se solicitaba para la primera entrega.
Destaca la Dirección que los ejecutivos de la CAASD también violaron los principios de eficiencia, participación y competencia por no permitir la subsanación de documentos, limitando las opciones de adjudicación por recaudos excesivos.
Además, alteraron el orden del procedimiento de evaluación de las ofertas técnicas y no establecieron claramente el criterio de adjudicación para examinar las propuestas más convenientes, “quedando al criterio subjetivo de los evaluadores”.
La Dirección de Compras señaló que para otra convocatoria de licitación para químicos, la CAASD deberá informar previamente y de forma clara en los pliegos de condiciones específicas los detalles, parámetros de aplicación, valorización y criterios de evaluación.
Y para la elaboración del pliego y en la ejecución del procedimiento deberá cumplir con las observaciones hechas y no podrá incluir cláusulas limitativas de la participación de los oferentes o que implique una barrera de entrada para participar en la licitación.