Tribunal Colegiado de SPM condenó a 20 años a Matías Avelino Castro (Daniel), acusado de autor intelectual del rapto y asesinato del periodista José Silvestre.

Escrito por: Iván Santana

SAN PEDRO DE MACORIS, 12-abril-2018.- El Tribunal Colegiado de esta ciudad, condenó a 20 años de reclusión mayor y le impuso una multa de cien salarios mínimos, así como la incautación de varios bienes, al imputado Matías Avelino Castro (Daniel), acusado de ser el autor intelectual del rapto y asesinato del periodista José Augusto Silvestre.

Avelino Castro deberá cumplir la condena en la cárcel de Anamuyita en la provincia La Altagracia, según la lectura integra de la sentencia bajo estrictas medidas de seguridad por parte de la Policía Nacional y organismos especializados.

El Tribual Colegiado estuvo presidido por el juez Francisco Arias, quien hizo las motivaciones morales del proceso y de lavado de activos.
Los bienes decomisados en favor del Estado Dominicano están ubicados en Santo Domingo, Monte Plata y Samaná.

El abogado de la defensa de Avelino Castro, el doctor Pedro Pablo Valoy Pereyra, expresó su descontento con la sentencia y, dijo que el Tribunal Colegiado tomo esa decisión basada en el miedo y la presión desde ciertos sectores de los medios de comunicación, que antes que el tribunal decidiera, ya ellos habían dictado su sentencia.

«Todo estaba arreglado para una sentencia menor, pero la presión de los medios de comunicación, de periodistas escandalosos, le puso presión a los jueces», dijeron los abogados.

Dijo que en ese sentido los abogados de la defensa se avocan hacer uso del medio que la ley pone a su disposición, que es el recurso de apelación.

Imagénes del asesinado periodista de la ciudad de La Romana José Silvestre.

Indicó que en los próximos días cuando tengan a mano la decisión van a realizar un recurso de apelación que será conocido por la Corte de Apelación de este Departamento Judicial.

Sostuvo que en cuanto al lavado de activo quedo evidenciado que el Ministerio Publico no pudo probar la existencia de ese tipo penal, ya que la acusación del Ministerio Publico versaba en una supuesta actividad de narcotráfico que el propio Tribunal admitió que no fue demostrada durante el desarrollo del proceso.

Manifestó que no había fundamento alguno según la ley 72-02 para condenarlo en materia de lavado de activo y también en lo referente al asesinato, ya que no se presentó ante el Tribunal ningún testigo que dijera que escucho que Matías Avelino Castro ordenara la muerte del periodista Silvestre, ni otras evidencias, por lo que entiende que están en una total ausencia de elementos probatorios.

Además participaron como abogados de la defensa los doctores Duglan García y Freddy Mateo Calderón.

Mientras que el Ministerio Público estuvo representado por las fiscales Carmen Mohamed y Yubelkis Rosario.

Los abogados de la defensa atribuyeron la condena a la presión de la prensa.

 

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