Miércoles 12 de abril, 2017.- Mediante la Sentencia No TC-05-2016-0317, el Tribunal Constitucional rechazó en cuanto al fondo el Recurso de Revisión interpuesto por el Ministerio de Defensa contra la Sentencia Número. 374-2015 dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha 22 de Septiembre del año 2015, la cual favorecía al abogado Alejandro Alberto Paulino Vallejo.
Con la referida sentencia, el Tribunal Constitucional obliga al Ministerio de Defensa en su condición de entidad reguladora de la seguridad privada a entregar todas las informaciones solicitadas al Lic. Alejandro Alberto Paulino Vallejo quien las había solicitado en virtud de la Ley No. 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública.
Las informaciones publicas solicitadas por el Lic. Alejandro Alberto Paulino Vallejo en fecha 9 de Febrero del año 2015 al Ministerio de Defensa son las siguientes: a. Listado de empresas autorizadas a prestar servicios de seguridad privadas, b. Leyes, Reglamentos, Resoluciones, que rigen y conforman todo el ámbito legal de la Superintendencia de Seguridad Privada, c. Levantamientos de inspección hechos por la Superintendencia de Seguridad Privada, d. Solicitudes de nuevas empresas para prestar servicios de seguridad, e. Listados de empresas autorizadas a prestar servicios de seguridad privada, f. Declaración jurada de todos y cada uno de sus funcionarios de la Superintendencia de Seguridad privada, g. Metodología utilizada para la aplicación de las inspecciones y h. Listados de oficiales activos en las Fuerzas Armadas que operan empresas de seguridad privada.
A juicio de su abogado Alejandro Alberto Paulino Vallejo, esta es la primera sentencia en materia de acceso a la información pública en donde se obliga a una entidad castrense a transparentar todo lo referente a las empresas de seguridad privada, así como informaciones de miembros activos de las Fuerzas Armadas que a su vez son accionistas mayoritarios de las referidas empresas.
El Ministerio de Defensa a los fines de no entregarle las informaciones procedió no solo a no contestarle nada al abogado Alejandro Alberto Paulino Vallejo, sino también que en el juicio procedió a plantear que la solicitud de información debió ser dirigida a la Superintendencia de Seguridad Privada, lo cual lo obligó a recurrir en amparo por ante el Tribunal Superior Administrativo.