Una parte no debió cobrarse, al ser operaciones a cuentas de una misma persona
Una norma de 2009 dice que la banca no debe cobrar el 0.15% a transferencias entre cuentas de una persona.
Santo Domingo, 19-02-2020.- . El Gobierno dominicano recaudó RD$7,116.47 millones en el año 2017 por concepto del impuesto sobre cheques y las transferencias bancarias y, aunque no se tiene la cifra exacta a mano, de este monto hay una parte que fue por transacciones interbancarias a cuentas de la misma persona, operaciones que debieron estar exentas del pago del tributo.
El desconocimiento que impera en la población que hace transferencias interbancarias a cuentas propias es lo que ha permitido que mucha gente pague el impuesto del 0.15% innecesariamente cuando realiza este tipo de transacciones.
Existe una resolución del 2009 de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que manda a los bancos a no cobrar el 0.15% cuando se trate de transferencias interbancarias a cuentas que pertenezcan a la misma persona.
Pero como esta práctica ha seguido ocurriendo, el pasado jueves la Superintendencia de Bancos (SIB) anunció que para esta semana emitirá una circular para que los bancos no sigan cobrando este impuesto cuando se trate de transferencias a cuentas propias, sino que lo haga solamente cuando el dinero sea transferido a terceros.
Proceso burocrático
En tal sentido, el economista Roberto Mella Cohn, quien consideró como una medida positiva para la ciudadanía que la Superintendencia de Bancos decidiera enviar una circular a los bancos para que dejen la práctica de cobrar el 0.15% de las transferencia que hacen los clientes de un banco a cuentas propias, también recomendó que se haga una campaña educativa para que la gente conozca que puede evitar que le cobren este impuesto.
Aunque no tiene una estimación, dijo que por este impuesto los clientes han pagado mucho dinero que pudieron haberse ahorrado.
“Siempre hubo una disposición poco conocida de que usted pudiera solicitar el no cobro del impuesto del 0.15% entre cuenta del mismo beneficiario, pero había que ejercer un proceso, una burocracia, había que buscar una certificación, solicitarla al banco y toda una serie de cosas”, dijo Mella, quien agregó que él siempre criticó que eso no fuera un proceso automático.
Explicó que el banco tiene los elementos para determinar que se trata de una misma persona cuando un cliente hace una transferencia y agrega como beneficiario a alguien con un número de cédula o con un RNC que es de la misma persona, por lo que entiende que en estos casos deberían dejar exento de este impuesto la transacción.
Lo que dice la DGII
Pero la misma disposición de la DGII del 2009 indica que para los bancos dejar de cobrar este impuesto deben contar con una certificación donde la entidad receptora indique que esa cuenta pertenece a la misma persona que transfiere y en esto se amparan las entidades financieras. anivar@diariolibre.com
Los bancos responden
La Asociación de Bancos Comerciales dijo que no debe aplicarse el 0.15% a transferencias entre cuentas de una persona en el mismo banco. Agregó que si el traspaso es de un banco a otro, el cliente debe certificar que es el titular de ambas cuentas para que el 0.15% no se le cobre. “Es la práctica que, siguiendo la ley, se sigue en los bancos”, dijo la ABA.